Becas Gobierno Vasco 

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Becas Gobierno Vasco

El objeto de las becas del Gobierno Vasco es la enseñanza superior a estudiantes con vecindad administrativa en el País Vasco, que durante el año académico 2022-2022 vayan a realizar cualquiera de los estudios universitarios o superiores siguientes en un centro ubicado en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma o del resto del Estado:

  • Estudios conducentes a la obtención del título universitario oficial de Grado.
  • Estudios conducentes a la obtención del título oficial de Máster universitario.
  • Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades no presenciales.
  • Enseñanzas artísticas superiores.
  • Estudios militares superiores.
  • Estudios religiosos superiores.

No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios de especialización ni títulos propios de las universidades. Tampoco se podrá optar a beca para realizar enseñanzas universitarias correspondientes a titulaciones de sistemas universitarios extranjeros. 

Contenidos del artículo

Quienes pueden optar por la Becas Gobierno Vasco 

Podrán solicitar beca en esta convocatoria los y las estudiantes que realicen un Máster oficial cuyo curso académico coincida con el año natural y se imparta a lo largo del año 2022.

Estas becas tienen naturaleza de subvención. En todo lo no previsto en relación a su régimen jurídico será de aplicación lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, y en especial las disposiciones referentes al régimen de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y las referidas al régimen de infracciones y sanciones, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 

Como está compuesta la Beca Gobierno Vasco 

La beca se desglosa en diversos componentes en función de los conceptos que pueden

ser objeto de subvención por la realización de estudios universitarios y otros estudios superiores

El importe final de la beca correspondiente a cada becario o becaria vendrá determinado por la suma de la cuantía de todos aquellos componentes que le sean de aplicación, de acuerdo a sus circunstancias personales, familiares, económicas y académicas, y al régimen de incompatibilidad establecido entre dichos componentes.

Los componentes de la beca son: 

  1. Cuantía Básica, que contiene:
  • Cuantía básica ligada a la renta familiar.
  • Precio público de matrícula
  • Cuantía básica ligada a la residencia.
  • Cuantía básica ligada al aprovechamiento académico.
  1. Cuantía Complementaria Variable, que contiene:
  • Cuantía complementaria ligada al apoyo al aprendizaje.
  • Cuantía complementaria ligada al desplazamiento interurbano

Requisitos para solicitar una Beca Gobierno Vasco

El requisito indispensable es estar empadronado en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Para tener derecho a la beca será necesario reunir los siguientes requisitos:

  • Estar empadronada o empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco a 31 de diciembre.
  • En el caso de personas solicitantes extranjeras, además del padrón, deben poseer la nacionalidad española o estar en situación de residencia legal en España, a fecha de presentación de solicitud. Quedarán excluidos de ser beneficiarios de las ayudas quienes se encuentren en situación de estancia o residencia por estudios, de conformidad con los dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
  • En lo que respecta a la tributación de las personas miembros de la unidad convivencial/ familiar durante el ejercicio fiscal del año 2022, al menos uno de los sustentadores económicos principales debe tributar en alguna de las Haciendas Forales de la Comunidad Autónoma.
  • Realizar la matrícula y cursar durante el año académico 2022-2022 alguno de los estudios recogidos en el artículo 1. En el caso en que se realicen simultáneamente distintos estudios, solo podrá percibirse la beca para uno de ellos, salvo en el caso de tratarse de dobles Grados o dobles titulaciones que se ofertan como un único estudio por parte de la universidad correspondiente y que así están registrados en el Ministerio de Educación y Formación Profesional con el correspondiente código único de estudios.
  • No hallarse sancionada o sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa o incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con la inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca. A estos efectos, quienes tengan ya una Diplomatura, Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica, podrán obtener beca para cursar los estudios de Grado (o de adaptación a Grado) que sustituyan el título obtenido, pero deberán quedar matriculados de la totalidad de los créditos restantes para la obtención de la mencionada titulación. 

Becas Gobierno Vasco

Requisitos e importe del componente matrícula de la Beca Gobierno Vasco 

  1. Este componente procederá cuando la persona que resulte becaria curse cualquiera de las enseñanzas detalladas en el artículo 1, en centros ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco o del resto del Estado.
  2. El importe de matrícula será el del precio público oficial que se fije para el curso 2022-2022 para los servicios académicos.
  3. Para la concesión de este componente la renta de la unidad convivencial/familiar no deberá superar el umbral 3 especificado en el artículo 16.
  4. El importe de matrícula comprenderá todas las asignaturas o créditos en que se matricule el o la estudiante en el año 2022-2022, siempre que correspondan a una única titulación y especialidad, se trate de asignaturas o créditos necesarios para la obtención del título correspondiente y sean de primera o segunda matrícula.

No se contabilizarán como créditos matriculados ni se pagarán las asignaturas o créditos convalidados, adaptados o reconocidos 

Requisitos e importe de la cuantía básica ligada a la renta familiar. 

  1. Este componente está destinado a retribuir la dedicación al estudio de aquella persona solicitante que se encuentre en una situación de especial dificultad económica. Por ello, se adjudica exclusivamente a las personas solicitantes en las que concurran los siguientes requisitos:
    • Cursar enseñanzas en régimen presencial.
    • Estar matriculada de, al menos, 60 créditos. Aquellos estudiantes de último curso de Grado que no pudieran matricularse del trabajo fin de Grado por normativa académica, tendrán derecho a este componente cuando la suma de los créditos matriculados más los créditos del trabajo de fin de Grado, llegue al mínimo de 60.
    • Cumplir el rendimiento académico establecido en el artículo 29.
    • La renta de la unidad convivencial/familiar no supera el umbral 1 especificado en el artículo 16.
    • Justificar que durante el ejercicio fiscal 2022 se estaba cobrando alguna de las ayudas sociales disponibles, como la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) y la Prestación Complementaria de Vivienda (PCV) de Lanbide, otras ayudas del INSS y SEPE, y otras municipales o forales que le pudieran corresponder.
  1. El importe de la cuantía básica ligada a la renta familiar es de 1.700 euros.
  2. La cuantía básica ligada a la renta familiar es incompatible con la cuantía completaría ligada al apoyo al aprendizaje. 

Lugar y Plazos para presentar la solicitud de Beca Gobierno Vasco 

El alumnado deberá acceder a la página web del Gobierno Vasco de la convocatoria, donde deberá registrarse y rellenar la solicitud y además podrá obtener más información sobre esta convocatoria 

Atención al público en el Negociado de Becas durante la suspensión de la actividad docente presencial

En el Negociado de Becas se priorizará la atención telefónica y telemática.

Para el caso de la atención presencial, será necesario concertar una cita previa a través de los siguientes teléfonos:

  • 946 01 3039 en Leioa
  • 946 01 3897 en Bilbao

O en las siguientes direcciones electrónicas:

Contacto

[email protected]

El plazo para realizar la solicitud de esta beca es del 25 de agosto de 2022 al 26 de octubre de 2022

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 26 de octubre del año en curso para todo el alumnado.

Excepcionalmente, cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula se inicie con posterioridad al 26 de octubre, la solicitud de beca deberá realizarse en los 5 días hábiles siguientes a la fecha de matrícula. En ningún caso se admitirán solicitudes de beca posteriores al 31 de diciembre del 2022.

Cuando las personas solicitantes realicen estudios cuyo plazo de matrícula sea posterior al 31 de diciembre del 2022, y no puedan solicitar beca este curso, podrán hacerlo en el 2022-2022, siempre que la fecha de finalización de dichos estudios sea anterior a junio del 2022.

Cómo presentar la solicitud de Beca Gobierno Vasco.

Las solicitudes podrán presentarse por medios electrónicos en la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi (https://www.euskadi.eus). Asimismo, podrán presentarse de forma presencial en las Oficinas de Atención al Ciudadano, Zuzenean, que será exclusivamente con cita previa, que se solicitará a través de las siguientes direcciones: https://www.euskadi.eus/cita-previa-zuzenean.

También podrán presentarse en cualquiera de las dependencias recogidas en el Decreto 72/2008, de 29 de abril, de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos autónomos o en las previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o en cualquier ayuntamiento que tenga suscrito convenio de colaboración para la presentación de escritos dirigidos a la Comunidad Autónoma del País Vasco en Registros Municipales.

Las especificaciones sobre la presentación de solicitudes se detallan en la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/servicios/0175507.

Los solicitantes podrán presentar la solicitud, junto con la documentación que se acompañe, en euskera o castellano, a su elección. Así mismo, a lo largo del procedimiento, se utilizará el idioma elegido por el solicitante, tal y como establecen los artículos 5.2.a) y 6.1 de la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera

Becas Gobierno Vasco

Documentación que debe presentar en las Becas Gobierno Vasco.

Las personas solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:

  • Certificado de vecindad administrativa, en el que conste el empadronamiento en algún municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco a la fecha de solicitud y la antigüedad.
  • Informe para justificar que los medios de transporte público colectivo disponibles para el traslado o parte del mismo, no son adecuados para las necesidades de la persona solicitante, y que se requieren medidas especiales de transporte en parte o en todo el recorrido del traslado.
  • Certificado de discapacidad emitido por la Diputación Foral correspondiente en el que se acrediten los extremos señalados en el artículo 4.
  • Certificado de haber realizado la matrícula para cursar en el año académico 2022-2022 alguno de los estudios indicados en el apartado c) del artículo 4.
  • Presupuesto detallado que recoja el recorrido a cubrir con la ayuda, el medio de transporte necesario, el número de viajes que está previsto realizar a lo largo de todo el curso académico, el coste unitario de cada viaje y el descuento aplicado por contratar el conjunto (cuando corresponda), el coste de la persona acompañante y su horario de trabajo/disponibilidad y cuantos otros datos se estimen necesarios para la buena comprensión y valoración del mismo.
  • Certificación bancaria indicando el IBAN de la libreta o cuenta corriente de la persona solicitante (debe figurar como titular o cotitular). Esta certificación puede ser sustituida por fotocopia de la libreta o impresión de banca electrónica donde figuren titulares e IBAN de la libreta o cuenta corriente.

Para mayor información puede acudir a los teléfonos de consulta para estudiantes, estos son:

  • 012- 945018922
  • 012- 945018814
  • 012- 945018433
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