Conoce todas las razones por las que no has cobrado el paro

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Si te has quedado parado en España y aún no te han compensado, conoce todas las razones por las que no has cobrado el paro. El Ministerio del Trabajo y Economía Social por medio del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dispone de varios mecanismos para darte una compensación monetaria.

Esta compensación que recibirás, cuenta con ciertos requisitos a los que deberás calificar para que puedas recibir el pago del paro. Si no has recibido el pago correspondiente a este mes o no te ha llegado el primer pago aquí conocerás todas las razones.

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¿Razones por las que no he cobrado el paro?

Al quedar desempleado lo primero que deberás hacer es notificar al Servicio Público de Empleo estatal (SEPE), tu nueva condición laboral. Luego de haber recibido el acuerdo de tu nueva condición laboral, podrás recibir mensualmente una compensación económica mes a mes, que te ayudará con tus gastos.

Si ya realizaste estos procedimientos y te has percatado que no has recibido tu pago correspondiente del mes, posiblemente, esto se deba a ciertas razones. A continuación, conocerás cabalmente todas las razones por las que no has cobrado el monto correspondiente al paro, para que puedas solucionarlo.

Cuando el día de pago cae sábado o festivo

Una de las razones más frecuentes por la que no cobrarás el paro, es cuando el día de pago cae sábado, domingo o día festivo. Recuerda que, los días hábiles bancarios son de lunes a viernes y esos son los días precisos que te caerá el pago.

Si en algún mes, el día de pago llega a caer sábado o festivo, tendrás que esperarte hasta el próximo día hábil bancario. La normativa legal establece que el día de pago es el día 10 de cada mes y si llegara a caer sábado deberás esperar hasta 2 días hábiles.

Así que, no te desesperes, que si el día de cobro cae sábado de seguro en 48 horas lo tendrás disponible en tu cuenta. Existe otra particularidad respecto al paro y es que, si la transferencia es realizada de un banco distinto, también pudiera tardar 2 días en llegar.

Por esto, es ideal que tengas una cuenta en el mismo banco en el cual te realizan la transferencia de esta ayuda económica. De esta manera, podrás acceder al dinero lo antes posible y sin perder tiempo en los lapsos establecidos para las transferencias interbancarias.

Suspensión o no renovación del paro

En el acuerdo que recibiste en la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) aparece por cuanto tiempo recibirás el beneficio. También, está especificado cuando seria la renovación del paro y todos los estatutos referentes a este beneficio de ayuda económica para las personas que perdieron su empleo.

Asimismo, esto dependerá del tipo de beneficio económico que estés recibiendo, ya que existen diferencias entre el subsidio por desempleo y el paro. Si estas cobrando el paro, el periodo de cobro dependerá de tus cotizaciones, en pocas palabras mientras más tiempo tenías en tu empleo más tiempo gozarás de este beneficio.

Por este motivo, es muy importante que verifiques en la oficina del SEPE que el tiempo de cobro del paro, concuerde con tus cotizaciones. De esta manera, estará muy consciente hasta que fecha estarás recibiendo este beneficio y que la suspensión del pago no te agarre por sorpresa.

Por otro lado, la suspensión del paro también puede deberse a la posesión de una clave de impago. Si esta es la razón, deberás volver a solicitar que se te active el pago del paro en las oficinas del SEPE de tu localidad.

Otro motivo por el cual te pueden suspender el pago del paro, es por el cobro indebido en algún mes. Esto sucede, cuando por alguna equivocación recibes un pago superior al que te corresponde y como es lógico al mes siguiente te lo van a descontar.

Sanciones o infracciones por no sellar el paro

Uno de las sanciones más comunes respecto al cobro del paro es no sellarlo, la legislación estipula que la falta con el acuerdo traerá sanciones. Por esta razón, es muy importante que te mantengas al día, con el sellado del paro y así puedas seguir gozando de este beneficio económico.

Pero, ¿cómo saber si no estás cobrando el paro por alguna infracción? Conocer esto es muy sencillo, ya que, la ley también estipulo que las sanciones serán enviadas al domicilio fiscal del beneficiario.

Es por esto, que debes tener actualizada tu información del domicilio fiscal, para que te mantengas informado en todo momento si estas cometiendo alguna infracción.  Estas sanciones están categorizadas de la siguiente forma por el Servicio Público de Empleo Estatal.

  • Las infracciones leves son sancionadas con la pérdida de un mes del paro si es la primera vez que las cometes. Si reincides en esta falta perderás el beneficio por 3 meses, una tercera incidencia te traerá 6 meses sin pago y si vuelves a recaer en esta infracción supondrá la pérdida total del paro.
  • Si eres notificado por una infracción grave la sanción recibida será 3 meses sin cobrar el paro. Asimismo, si reincides en una sanción grave te acarreará como consecuencia la suspensión definitiva de esta ayuda económica.
  • Muy graves. Este tipo de infracciones son de las más severamente sancionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal. Si cometes alguna falta categorizada como muy grave pierdes de una vez la totalidad de la prestación del paro.

Estar activo trabajando

El beneficio del cobro del paro es únicamente para las personas que han perdido su empleo y se encuentran desempleados. Por ende, no está permitido que una persona que se encuentre laborando cabalmente puede seguir gozando del beneficio del paro.

Sin embargo, ciertas condiciones aplican, una de ellas es que, si tienes un trabajo por cuenta propia a tiempo parcial, el subsidio solo se verá disminuido. Otra condición para seguir cobrando una cuota del paro, es que el autónomo sea menor a 30 años de edad.

Estas 2 condiciones laborales si son compatibles con el beneficio del paro y el cobro del mismo dependerá de la jornada laboral que realices. Al menos que el dinero ganado, sea mayor a la cifra máxima permitida para gozar de este beneficio.

La cantidad de ingreso máximo que podrás ganar para no perder el beneficio del paro no puede superar el 75 % del salario mínimo interprofesional de España.

Cumplimento de los meses establecidos para el pago de paro

Al cumplirse el tiempo establecido para el cobro del paro, este beneficio lo dejarás de percibir. Como vistes con anterioridad, el tiempo que cobres el paro dependerá de las cotizaciones que hayas acumulado, en el tiempo que te mantuviste activo trabajando.

Seguidamente verás la clasificación que usa el Servicio Público de Empleo Estatal para calcular el tiempo que recibirás el pago del paro.

  • 360 a 539 días cotizados. Si cotizas esa cantidad de días podrás gozar de 120 días de prestación.
  • 540 a 719 días cotizados. Las prestaciones correspondientes a esta cantidad de días cotizados es de180 días.
  • 720 a 899 días cotizados. Si has logrado cotizar este lapso de días podrás disfrutar de 240 días de prestación.
  • 900 a 1079 días cotizados. Al cotizar esta cifra de días ya estarás optando por el cobro del paro de 300 días de prestación.
  • 1080 a 1259 días cotizados. Esta suma de días cotizados te permitirá obtener el beneficio del paro por 360 días de prestación.
  • 1260 a 1439 días cotizados. Con esta cantidad de días cotizados se supone un pago de 420 días de prestación.
  • 1440 a 1619 días cotizados. 480 días de prestación en el pago del paro será lo que acogerás con esta cantidad de días cotizados.
  • 1620 a 1799 días cotizados. Las prestaciones correspondientes a estos días cotizados serán de 540 días.
  • 1800 a 1979 días cotizados. Hasta 600 días de prestación podrás tener si cotizas la cantidad de días correspondientes.
  • 1980 a 2159 días cotizados. 660 días de prestación es el tiempo que disfrutarás el cobro del paro.

Gracias a este post conociste todas las razones por las que no has cobrado el paro y si te ha sido de gran ayuda no dejes de seguir nuestro Blog.

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