Solicitud pensión de viudedad

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La muerte de tu pareja constituye una enorme pérdida que genera un gran impacto emocional junto a un empeoramiento de tu situación económica.  Ante esta contingencia, puedes solicitar la pensión de viudedad, esta ayuda se otorga para compensar la falta de recursos económicos originada por la muerte del cónyuge.

Al continuar leyendo conocerás más acerca de esta prestación concedida por el estado, así como los requisitos para obtenerla. Queremos brindarte esta información con la finalidad de orientarte en la tramitación de este beneficio.

Contenidos del artículo

¿Qué es la pensión de viudedad?

Consiste una prestación económica de carácter vitalicio otorgada a quienes han tenido un vínculo matrimonial o fueron pareja de hecho de la persona fallecida. El beneficiario de la misma es el cónyuge o la pareja en el momento del fallecimiento. Para optar por este beneficio debes reunir los requisitos que establece la ley. La pensión de viudedad busca protegerte de la situación de necesidad económica producto del fallecimiento tu cónyuge.

La pensión de viudedad puedes solicitarla en cualquier momento una vez que se haya producido el fallecimiento de tu cónyuge. No existe plazo, pero si la realizas fuera de los tres meses posteriores de ocurrido el fallecimiento, no tendrá una retroactividad superior a tres meses. Una vez que has gestionado la solicitud, el organismo correspondiente cuenta con un plazo de hasta 90 días para darte una respuesta.

Aunque esta prestación se te concede para toda la vida, existen algunos supuestos por los cuales dejarás de percibirla. Entre ellos se encuentran la posibilidad de que vuelvas a contraer matrimonio o seas pareja de hecho nuevamente. Si se te declara culpable en la muerte de tu cónyuge por sentencia firme, o en caso que hayas incurrido en violencia de género. También si se comprobará que la persona que dio lugar a la pensión no ha fallecido

Requisitos en el cónyuge fallecido

Para tramitar la pensión de viudedad tanto tú como la persona fallecida deben cumplir algunos requisitos. Precisemos qué requisitos debe cumplir el fallecido y cuál era su relación concreta contigo:

La persona fallecida genera una pensión de viudedad para su cónyuge si se encuentran en alguna de estas situaciones:

  • Estaba dado de alta en la seguridad social o en situación asimilada, siempre que hubiera cotizado al menos 500 días en los cinco años anteriores. Si ya no estaba de alta, debería tener un período mínimo de cotización de 15 años. No se exige periodo mínimo de cotización si el fallecimiento ha sido por accidente, de trabajo o no, o por enfermedad profesional.
  • Los trabajadores desaparecidos en un accidente (laboral o no), cuando se presuma su muerte, y hayan transcurrido 90 días naturales desde el accidente.
  • Si era beneficiario de una pensión de jubilación contributiva, o tenía derecho a ella en el momento de fallecer y no la había solicitado.
  • Disfrutaba de una pensión por una incapacidad permanente.
  • Tenía derecho al subsidio por incapacidad permanente

 

¿Cuáles son los requisitos para el solicitante?

Con respecto a ti, también hay una serie de requisitos que debes cumplir. Podrás percibir la pensión de viudedad siempre que te encuentres dentro de alguna de estas situaciones:

  • Si eras cónyuge del fallecido y tienen hijos comunes, en caso contrario el matrimonio debe haberse celebrado al menos un año antes del fallecimiento. Si no cumples este requisito, aún puedes percibir una prestación temporal de viudedad.
  • También podrás percibir la prestación si tu ex-parejas (divorciadas o separadas judicialmente) estaba percibiendo una pensión compensatoria
  • Si eres mayor de 65 años y no tienes posibilidad a tener otra pensión y tu matrimonio haya sido de más de 15 años.
  • Si fuiste pareja de hecho del fallecido, inscrita en el registro de la comunidad autónoma o ayuntamiento correspondiente al menos dos años antes del fallecimiento. Es necesario que acredites una convivencia estable durante los cinco años anteriores al deceso. También que, durante esos cinco años, ninguno de los dos estaba casado ni separado de otra persona.

¿Cómo solicitar pensión de viudedad?

Para gestionar la pensión de viudedad debes presentar la solicitud y la documentación necesaria en el instituto nacional de la seguridad social (INSS). Si tu cónyuge era trabajadores del mar deberás presentar la solicitud en las Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina (ISM).

Aunque el reconocimiento de tu derecho a la pensión de viudedad corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, existen algunas excepciones. Si tu cónyuge era trabajador del mar, le corresponderá asumir el derecho al Instituto Social de la Marina. Cuando el fallecimiento es producto de un accidente de trabajo, le corresponde reconocer el derecho a la mutua colaboradora con la Seguridad Social.

El monto que recibirás se determina aplicando un porcentaje sobre la base reguladora, esta varía dependiendo de la situación del fallecido al momento de la muerte. El porcentaje es del 52% con carácter general. En el caso que tengas cargas familiares y no alcances un nivel de ingresos determinado, la cifra puede incrementarse hasta el 70% de la base reguladora.

Puedes presentar tu solicitud en cualquier oficina de la Seguridad Social dirigida a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social. También tendrás que presentar la documentación personal y la específica que se indica en el modelo de solicitud.

¿Cuáles documentos debes consignar?

En todos los casos debes consignar: DNI o NIE en caso de ciudadanos extranjeros y el acta de defunción. También necesitarás la siguiente documentación adicional en cada caso:

  • Si el fallecido no disfrutaba de una pensión y estaba obligado al ingreso de cotizaciones: justificante del pago de las cotizaciones de los últimos 3 meses
  • Si estabas casado con el fallecido: libro de familia, acta del Registro Civil o documento extranjero equivalente legalizado, donde se acredite el matrimonio.
  • Declaración jurada sobre la extinción de la pensión compensatoria, mediante documento facilitado por el INSS
  • Acreditación de que no has vuelto a contraer matrimonio o constituir pareja de hecho, mediante acta del registro civil o registro de parejas de hecho.
  • Si eras pareja de hecho, debes presentar la acreditación de la constitución del acuerdo de pareja. El acta del registro civil donde se refleje que ninguno de los dos estaba casada o separada de otra tercera. El certificado del ayuntamiento que justifique la convivencia entre ambos durante 5 años como mínimo antes del fallecimiento. Constancia de los ingresos de la pareja en el año anterior a la muerte, así como los tuyos en el mismo año.
  • En los casos de separación, divorcio o matrimonio declarado nulo, para solicitar la pensión de viudedad debes consignar la sentencia judicial.

Existen otros documentos que tal vez necesites presentar dependiendo de la situación:

  • Parte administrativo de accidente de trabajo o enfermedad profesional.
  • Certificado de discapacidad.
  • Acta literal de matrimonio expedida por el Registro Civil.

¿Dónde presento la Solicitud?

Una vez hayas completado el formulario con la información requerida y recopilado todos los documentos, podrás presentar la solicitud de pensión de viudedad. Puedes hacerlo en línea a través de la sede electrónica o de forma presencial.

Para hacerlo de forma presencial, te dirigirás a una oficina de la seguridad social. Mediante una solicitud dirigida la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, entregarás el formulario y todos los documentos. En un plazo no mayor de 90 días tendrás respuesta a tu solicitud.

 

Al obtener la pensión de viudedad tendrás acceso a un ingreso fijo que te permitirá afrontar la difícil situación económica que genera la pérdida del cónyuge. Nuestro objetivo es brindarte información que te sirva de provecho, por eso te invitamos a seguir en contacto visitando nuestro blog.

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