• ¿En qué consiste el Sistema RED?

    Si tienes una empresa y necesitas obtener cualquier documentación de la seguridad social sin dirigirte a una oficina, entonces te será útil leer este post. Aquí te explicaremos fácilmente en que consiste el sistema red, que te ayudará a agilizar en línea este tipo de documentación.

    El sistema red es un programa que permite facilitar la tesorería del sistema de seguridad social a través de la vía online. Si desea acceder a la Tesorería General de la Seguridad Social, podrá obtener datos de las personas que componen una empresa o grupo de trabajo. Aquí encontrará los documentos de cotización y afiliación, sin necesidad de acudir personalmente a la oficina física e ingresar sin límite de horario.

    El sistema RED está al alcance de empresas o grupos profesionales, permitiéndole realizar un intercambio de documentación a través del TGSS por medio de internet.

    Contenidos del artículo

    Funcionamiento del sistema RED

    El sistema RED solo funciona a través de internet, gestiona de forma digital una constante comunicación con el usuario dándole un certificado de seguridad.

    Campos que abarca el sistema RED

    El sistema RED te permite realizar ciertos movimientos de documentación, como, por ejemplo, las siguientes opciones:

    • Afiliaciones, petición de informes, cambios de datos, consultas, altas y bajas.
    • Cotizaciones, trámites de saldo, ingreso de cuotas, presentación de documentos.
    • Trámites en el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) para altas y bajas de personal médico por razones de accidentes o enfermedad.
    • Gestión de Permisos del Núcleo de Apoyo Contable y Fiscal. Esta podrá encontrarla en la página oficial en el apartado “Gestión DE Autorizaciones”.
    • Podrá realizar trámites de nóminas de trabajo.

    Beneficios que ofrece el sistema RED

    El avance de la tecnología ha traído muchísimas ventajas en las gestiones administrativas y, por supuesto, que esto abarca a tu empresa en cuanto a la seguridad social se refiere. Presta atención a los grandes beneficios que ofrece este sistema:

    1. Se descartan las gestiones que requieren de documentos físicos.
    2. Desde de la comodidad de tu hogar podrás realizar tus trámites gracias a la disponibilidad que existe a través del internet. Puedes ver el fichero de afiliaciones y los distintos tipos de servicios de cotización.
    3. Podrás obtener un certificado digital para poder ingresar a las distintas opciones que brinda el sistema RED.
    4. La atención al usuario se registra durante las 24 horas del día y durante todo el año completo.
    5. Para tu seguridad la TGSS te envía una respuesta rápida para que puedas gestionar tus documentos.
    6. Estos documentos que se agilizan por este sistema no son necesarios presentarlos a otras entidades del país.
    7. Recibirá notificaciones de los últimos movimientos realizados que sean de su interés.
    8. Podrá imprimir los documentos que gestione desde cualquier lugar, como su propia oficina.
    9. Gracias al internet, el sistema se mantiene óptimo para poder acceder al él sin ningún inconveniente.
    10. Su seguridad personal está garantizada.

    ¿Quiénes pueden acceder al sistema RED?

    Según la orden establecida en España solo podrán acceder al sistema RED por obligación son los siguientes grupos:

    • Empresas
    • Grupos de empresas.
    • Asociaciones encargadas de realizar las cotizaciones.
    • Los trabajadores que se encuentren en la lista del régimen de seguridad social como los autónomos.
    • Quienes trabajan en condición de empresarios.

    Cómo obtener el alta del Sistema RED

    Obtener el alta del sistema red es un proceso muy sencillo que a continuación te vamos a explicar. Simplemente tendrás que seguir los siguientes pasos:

    • Lo primero que tienes que hacer es obtener un certificado electrónico, similar a los que tienen los autónomos para movilizarse por la web. Este certificado podrá obtenerlo en la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en la sede del Registro de Certificados Digitales.
    • Luego de haber adquirido el certificado electrónico, tendrá que solicitar una autorización para lograr trabajar con el Sistema RED. Dicha autorización la adquiere en la Unidad de Atención al Usuario. Esta podrá conseguirla en cualquiera de las sedes provinciales de la TGSS. Usted deberá tener en cuenta que hay 2 clases de autorizaciones:
      • El Número de Identificación Fiscal que corresponde con el NIF de la autorización. En este caso se solicitará una autorización para proceder a nombre personal. Luego, valiéndose de la autorización para tramitar el CCCs (Código de Cuenta de Cotización) o el NAFs (Número de Afiliación de la Seguridad Social).
      • El Número de Identificación Fiscal no correspondiente. En este caso se solicita una autorización para manejarse en nombre de un tercero.

    Los documentos personales que deberá mostrar al igual que el formato FR101, para obtener el alta, los cuales acompañarán a los requisitos anteriores, son los siguientes:

    • Copia del DNI.
    • Certificado profesional colegiado (en caso de serlo).
    • Papeles que avalan la representación de la persona jurídica o física.

    Pasos para pedir retribución del Código de Cuenta de Cotización o el Número de Afiliación de la Seguridad Social

    Como anteriormente se mencionó, este proceso se efectúa de forma telemática o en la TGSS de cada provincia. Los documentos que debes entregar al asistir directamente a la sede principal de la Tesorería General de la Seguridad Social son los siguientes:

    1. FR104 en caso del NIF.
    2. FR10 en caso de que el NIF no coincida con el CCC a otorgar.
    3. FR103 que entregará si el NIF no coincide con el NAF.

    Notificaciones de los casos autónomos

    Los casos autónomos recibirán comunicados a través de la página oficial del sistema RED. Los comunicados son los siguientes:

    • Demanda de renta fija.
    • Providencias urgentes.
    • Reducción de crédito fiscal.
    • Proceso de apremio y recaudación de recursos.
    • Proceso administrativo de pago de renta fija y seguridad social.

    Los trabajadores autónomos deben tener un computador que esté preparada para recibir las notificaciones que haga el sistema RED a través de internet. Es importante estar atento por que el sistema elimina las notificaciones cada cierto periodo de tiempo y comienza el plazo legal. En caso de presentar dudas al respecto puedes dirigirte a la página oficial del sistema RED.

    ¿Cómo ingresar al Sistema RED?

    Para poder acceder al sistema RED debe tener una licencia digital, teniendo este documento podrá solicitar ingresar al sistema.

    Demanda de autorización

    Los permisos al sistema RED son tres tipos, brevemente te los mostramos:

    1. Nombre Propio: esta se gestiona en caso del CCC o el NAF que no coincida con el NIF del permiso.
    2. Nombre de terceras personas: este se realiza cuando el NIF de la autorización no coincide con el CCC y el NAF. En el caso de los terceros deberán mostrar los siguientes requerimientos:
      • Copia del DNI.
      • Papeles que valide a la persona jurídica o física.
      • Si la autorización de la clase profesional colegiado, deberá presentar el certificado que lo avale.
      • Petición de la atribución del Código de Cuenta de Cotización o el Número de Afiliación de la Seguridad Social.
    1. Los colegiados: Estos deberán tener estas profesiones para recibir la autorización:
      • Gestores administrativos.
      • Economistas
      • Graduados sociales.
      • Titulados empresariales y mercantiles.
      • Abogados
      • Agentes tributarios.
      • Propiedad inmobiliaria.
      • Ingenieros técnicos industriales.
      • Registradores
      • Procuradores
      • Seguros administradores de fincas urbanas.

    Requerimientos para la solicitud presencial de la autorización RED.

    Para la solicitud presencial de la autorización RED y el CCC o NAF, ya sea distinta o igual al NIF; tendrá que mostrar los siguientes requerimientos:

    • Planilla FR10: Este se usa cuando la autorización RED y el Código de Cuenta de Cotización, posee un NIF diferente.
    • Planilla FR103: Este se utiliza cuando la autorización RED y el Número de Afiliación de la Seguridad Social, tienen un Número de Identificación Fiscal distinto. Para esta autorización es necesario poseer un representante, que proceda en nombre del asociado.
    • Planilla FR104: Esta planilla se utiliza en caso de que el autorizado RED y el NAF o el CCC, posean NIF igual. En este caso la planilla tendrá que estar firmado por la persona autorizada.
    • Petición telemática: Solo podrá acceder a ella, el usuario que esté primordialmente autorizado. Esta petición se encuentra en el Sistema RED en línea.

    Al efectuar una petición del NAF o el CCC, el sistema procesa el NIF para verificar que la autorización es similar al NIF del NAF o el CCC que se va a asignar.

    En caso de que no sean similares, la compañía deberá confirmar la retribución, por medio de la Oficina Electrónica de la Seguridad Social.

    Ahora ya sabes en que consiste y cómo funciona el sistema red, si deseas aprender de muchos otros trámites, te recomendamos que sigas ingresando a nuestro sitio.

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  • Oficina virtual jccm

    Las plataformas u oficinas virtuales significan una herramienta innovadora hoy en día para tramitar y registrar variados tipos de procesos. Además, permiten gestionar trámites de forma más eficiente, rápida y sencilla que asistiendo de forma presencial a una oficina. Este es el caso de la oficina virtual jccm en España, encargada de efectuar servicios telemáticos.

    A continuación, te explicaremos todo lo relacionado con la oficina virtual jccm. Abarcando así, desde su significado hasta las características más resaltantes de sus formularios.

    Contenidos del artículo

    ¿Qué es la oficina virtual jccm?

    La oficina virtual jccm no es más que el despacho virtual de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Este eficiente sistema tiene por objetivo ofrecer al usuario un catálogo de servicios telemáticos que constituyan una alternativa a la realización de trámites y gestiones administrativas de carácter presencial. Evitando así que el usuario tenga que desplazarse a las dependencias de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Lo cual, contribuye el ahorro de tiempo y traslados hasta las oficinas, siendo un proceso más eficiente.

    Sin embargo, las personas siguen teniendo la posibilidad de realizar cualquier trámite administrativo de forma presencial. No obstante, con esta oficina virtual, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo intenta mejorar los servicios al ciudadano incorporando las nuevas tecnologías a las que obligan las distintas normativas sobre administración electrónica.

    ¿Cómo usar la oficina virtual jccm?

    Esta plataforma dispone en su parte superior grupos temáticos en los que figuran todos los servicios telemáticos. Estos son clasificados en grupos de servicios similares por su naturaleza.

    Así por ejemplo, todos los servicios virtuales relativos a la demanda de empleo, se recogerán en el grupo denominado “Demanda de empleo”.

    Además, haciendo clic en el grupo de servicios, aparecerá en el área de contenidos de la oficina virtual texto informativo sobre ese grupo. Incluyéndose la lista de servicios que contiene y una breve descripción de los mismos. Además, se pueden localizar los servicios a partir de la casilla de búsqueda de la parte superior derecha o mediante el grupo “Todos los trámites”, en la opción “Búsqueda de trámites”.

    Medidas de seguridad de la oficina virtual jccm

    Dada la relevancia de los trámites a realizar por los ciudadanos en esta oficina virtual, es imprescindible dotarla de las medidas de seguridad precisas a fin de garantizar:

    • La identificación del interesado, evitando la suplantación por terceros.
    • La confidencialidad de la información y el respeto a la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
    • La integridad de la información intercambiada entre el ciudadano y la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
    • La disponibilidad de la oficina, evitando al máximo los fallos en su funcionamiento y las caídas del servicio.

    Por lo tanto, existirán tres formas de identificar al ciudadano en sus relaciones con la oficina virtual de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo:

    1. Mediante DNI electrónico o certificado digital FNMT.
      • El uso de DNI electrónico o certificado digital FNMT será el método principal de identificación de los ciudadanos. Por lo tanto, el acceso a los servicios telemáticos con este sistema será inmediato.

    2. A través de usuario y contraseña.

      • Para aquellos ciudadanos que no dispongan de este medio se podrá utilizar una combinación de usuario y contraseña, para lo que deberán realizar el procedimiento de solicitud de usuario.

    3. A partir de un dato de contraste.

      • El tercer método de identificación consiste en el uso de un dato de contraste. Este corresponderá a una casilla de un impreso que el interesado haya recibido de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en el curso de la tramitación administrativa. Es importante resaltar que, no todos los servicios telemáticos que albergue la oficina virtual requerirán el mismo nivel de seguridad.
      • Habrá transacciones absolutamente críticas, como la renovación de la demanda de empleo, la cual requerirá del uso de los métodos 1 y 2 para la identificación del usuario. De igual modo, habrá servicios que no requieran un nivel de seguridad tan grande o incluso que no requieran la identificación del ciudadano, los llamados servicios anónimos.

    Solicitud del usuario y contraseña en la oficina virtual jccm

    Para obtener satisfactoriamente un usuario y contraseña de la oficina virtual jccm se aconseja tener en cuenta los siguientes ítems.

    • Para obtener un usuario y contraseña, el ciudadano deberá realizar el procedimiento de solicitud de usuario indicado en el siguiente link.
    • Una vez que el ciudadano tiene en su poder el usuario y la contraseña, deberá entrar en la oficina virtual y como primer paso cambiará la contraseña inicial por una definitiva que solo él debe conocer.

    • Adicionalmente, cuentas con la gestión de olvido de contraseña. Así evitarás que terceras personas se hagan pasar por el ciudadano ante la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

    ¿Olvidó su contraseña de la oficina virtual jccm?

    En caso de que el usuario haya olvidado la contraseña, este tendrá dos opciones a la hora de solicitar una nueva contraseña:

    1.    Nueva solicitud de usuario

    • Debe realizarse una solicitud de usuario nuevamente, siguiendo los pasos descritos en “Solicitud de usuario y contraseña”.

    2.    Solicitar una contraseña temporal

    • Solo es válido si en la solicitud de alta inicial se especificó un número de teléfono móvil. Además, si se ha identificado mediante usuario y contraseña o certificado digital al menos una vez. Esta solicitud podrás realizarse a través de la pantalla de identificación al realizar clic en “Olvidó la contraseña”.
    • Una vez que tenga la contraseña temporal, debe hacer clic en el botón «Utilizar contraseña temporal», donde se pedirá la contraseña temporal, una contraseña definitiva y la confirmación de esta última. Si los datos indicados son correctos, se cambiará su contraseña definitiva y será identificado en la oficina virtual.

    Acceso al sistema de la oficina virtual jccm

    Una vez que el usuario recibe sus datos de acceso a la oficina virtual de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo se encuentra preparado para ingresar y realizar de forma telemática las operaciones que desee.

    • Si se trata del primer acceso a la oficina virtual debe saber que será solicitado el cambio de contraseña. De esta manera los próximos accesos serán realizados con la contraseña que el usuario elija y no con la que se le otorga de manera automática al realizar el alta.

    • Una vez introducidos los datos de acceso, tiene lugar un proceso de validación de dichos datos. Si este es correcto, el acceso se hará realizado con éxito. En caso contrario, el sistema volverá a mostrar la pantalla de acceso para que los datos requeridos sean introducidos correctamente.
    • Si el usuario que accede al sistema es un representante o autorizado de alguna persona jurídica, después de realizar el proceso descrito previamente deberá seleccionar la persona jurídica que representará para sus acciones. En este caso se deberá seguir el siguiente procedimiento:
      • Validarse en la oficina virtual de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo a través de su usuario y contraseña (descrito anteriormente) o certificado digital.
      • Pulsar el ícono “Actuar como”que aparecerá en la parte superior derecha o en el enlace del mensaje de bienvenida.
      • Seleccionar en la lista la persona jurídica que será representada. A partir de este momento, el representante o autorizado autentificado en la oficina virtual podrá realizar cualquier operación actuando como la propia persona jurídica.

    Características de los formularios de la oficina virtual jccm

    A la hora de utilizar la oficina virtual jccm, conviene que como usuario conozcas las siguientes características comunes a todos los formularios, entonces:

    Pestañas y Navegación

    • Los formularios que tienen muchos campos se estructuran en dos o más pestañas, no pudiéndose ir directamente a un apartado sin haber rellanado los datos de un paso previo. En la parte superior de la página se indicará en qué paso te encuentras de tu proceso.

    Campos de Fecha

    • Las fechas deben escribirse de una determinada manera para que el sistema las acepte.

    • Estas, han de escribirse el día, el mes y el año con números y separados por barras verticales de la forma «/». Por ejemplo, 2 de Marzo del 2000 se escribiría 02/03/2000.

    Listas Desplegables

    • Las listas desplegables son elementos que ofrecen varias opciones de las cuales debemos escoger siempre una.
    • Al pulsando sobre su lado derecho se mostrarán todas las opciones y podrás moverte por la lista hasta seleccionar la que desees.

    Listas Complejas

    En el caso de que los valores de una lista desplegable sean muy numerosos, los formularios mostrarán un botón al lado del campo a completar. Como por ejemplo la lista de provincias y localidades.

    • Una vez que se elige la provincia se te mostrará una lista con las localidades de esa provincia, debiendo elegir una pulsando sobre ella. Al haber tantas localidades se hace necesario ir mostrándolas poco a poco, por páginas, ordenadas alfabéticamente.
    • Para avanzar en la lista y mostrar las siguientes se pueden utilizar los índices de páginas que se ven en la parte inferior, al pulsar sobre una página iremos a ella directamente. También podemos avanzar o retroceder una página utilizando «anterior» o «siguiente».

    Esperamos que toda esta información referente a la oficina virtual jccm te sean útil para realizar tus servicios telemáticos. Además, si te ha gustado este artículo sobre la oficina virtual jccm te recomendamos ingresar al siguiente link donde encontraras información variada de tu posible interés.

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  • Nota Simple, todo lo que debes saber ¿qué es una nota simple y a fin de que sirve?

    Si estás aquí es probable que estés a punto de administrar o adquirir una propiedad y te veas en la necesidad de adquirir una nota simple informativa. Pero, ¿Qué es una nota simple o nota simple registral? ¿Para que sirve la nota simple?, ¿Cuáles son los requisitos para solicitar una nota simple? y ¿dónde puedes conseguir una nota simple de la residencia? En el presente artículo estaremos respondiendo tus dudas sobre la nota simple.

    Contenidos del artículo

    Para qué sirve la nota simple

    Una nota simple registral de la residencia es un documento que expide directamente el registro de la propiedad de la provincia. Este documento es un oficio totalmente informativo. Contiene un extracto de la información registral relacionada a una residencia, finca o bien inmueble. La nota simple te deja conocer el estatus legal y las bases registrales de una vivienda.

    La nota simple nos informa del estado legal del inmueble

    En el Registro de la propiedad, la nota simple es el documento informativo más utilizado y exigido por las entidades en el momento de lograr financiación. Nos ofrece información sobre toda la realidad que engloba a un bien inmueble:

    • Descripción detallada de la finca
    • Ubicación precisa de exactamente la misma
    • Nombre y apellidos de los dueños actuales
    • Número de cargas que existen sobre el bien en el caso de haberlas
    • Avisos varios de singular relevancia…etc.

    Por otra parte una nota simple registral ante el registro de la propiedad puede ayudarle a evitar sorpresas a la hora de adquirir una propiedad. No solo te permite conocer y también identificar por completo una propiedad sino también a sus dueños, derechos legales sobre el inmueble y obligaciones fiscales.

    ¿Qué contiene una nota simple?

    La nota simple oficial contiene un extracto de la información pública adscrita al registro de la propiedad. Además de esto notifica sobre los linderos y limitaciones de la propiedad, sus dimensiones en metros, nombre de los propietarios y las obligaciones penales o bien financieras ligadas a la propiedad. Ejemplo: Hipotecas, usufructos, y derechos.

    Secciones que componen la hoja de nota simple:

    1. Datos identificativos del Registro de la Propiedad que emite la nota simple.
    2. Número de Finca: Número único con el que se identifica la finca en un Registro de la Propiedad específico.
    3. IDUFIR: Este número identifica la finca de forma indudable, en cualquier Registro de la Propiedad de España y no solo en el Registro de origen. No tiene nada que ver con el número de finca registral.
    4. Descripción de la finca: Breve descripción de la finca, su situación, límites, accesos, metros y cuotas de participación.
    5. Titularidad: Identificación de los titulares de derechos sobre la finca.
    6. Autorizante: Notario que dio fe del acto por el que se es titular del derecho.
    7. Cargas: En este ejemplo, detalle de importes de una carga correspondiente a un préstamo hipotecario. Asimismo se señala la fecha en la que se constituyó la carga, el notario autorizante y la inscripción registral que dio origen a la misma.
    8. Data de emisión e inscripción de la existencia o no de documentos pendientes de anotar y que constan en los asientos del registro.

    ¿Cuáles son los requisitos para pedir una nota simple?

    Los requisitos para pedir una nota simple son fáciles, debe conocer el nombre del propietario o bien la dirección precisa del inmueble. Además, debe suministrar la mayor cantidad de información posible sobre el inmueble que si bien no es un requisito por sí mismo, si lo ayudara a agilizar el proceso. En verdad, podríamos decir que el requisito más importante es el motivo por el cual va a solicitar la nota simple.

    ¿Quién puede pedir una nota simple en el registro de la propiedad?

    El contenido de la nota simple es de total dominio público ya que según el artículo doscientos veintiuno de la ley hipotecaria Española; toda información adscrita al registro de la propiedad como organismo público es de dominio general. Por tanto cualquier persona o ciudadano puede ejercer el derecho de pedir una nota simple ante el registro de la propiedad.

    La demanda del registro es que el solicitante debe alegar un motivo real y valido para solicitar la nota simple. Por ejemplo la intención de adquiere del ciudadano.

    ¿Cómo pedir una nota simple?

    La forma más práctica fácil y eficiente de obtener una nota simple oficial ante el registro de la propiedad es a través de el servicio de petición electrónica de la nota simple que ofrece registro-on line.es, aquí vas a poder obtener la nota simple oficial completamente en internet solamente llenando el formulario, además con el servicio de solicitud de nota simple con envío urgente la puedes percibir en lapso menor a veinticuatro horas.

    Puedes realizarla desde aquí: https://www.tinsa.es/store/nota-simple/

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  • Mi portal urjc

    Si cursas estudios en la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), y necesitas realizar trámites relacionados con tu actividad académica, cuentas con mi portal urjc. Por medio de este portal los estudiantes pueden realizar sus trámites y acceder a servicios que la universidad ofrece.

    Como miembro de esta casa de estudios te interesa familiarizarte con este portal, ya que al utilizar esta plataforma emplearas mejor tu tiempo y otros recursos. Te invito a seguir leyendo, así podrás ver su utilidad y disfrutar de los beneficios que esta plataforma tecnológica te ofrece.

    Contenidos del artículo

    ¿Para qué lo utilizo?

    Mi portal urjc es una herramienta tecnológica que te permite interactuar de forma rápida y segura con la universidad. Mediante este portal, los alumnos de todas las facultades tienen acceso en línea a las dependencias y servicios que la URJC ofrece.

    La estructura de mi portal urjc resulta muy ventajoso, te permite tener acceso a los servicios y realizar los trámites universitarios de forma rápida y sencilla. Para acceder a este portal y realizar trámites debes poseer un usuario de dominio único y una contraseña.

    Los trámites a través de este portal podrán realizarlo solo los que son o han sido parte de la institución y son usuarios registrados. Al acceder a mi portal urjc podrás hacer cosas como las siguientes:

    • Tener acceso a servicios de los cuales disfrutan los estudiantes de la institución.
    • Tendrás acceso a tu expediente, esto te permitirá tener un mejor control, ya que podrás consultarlo cuando lo desees.
    • Hacer y tramitar solicitudes a través de la aplicación.
    • Realizar el proceso de inscripción.
    • Estar al día con tu progreso académico, ya que podrás consultar tu desempeño académico a través de la plataforma.

    A pesar que el portal está orientado hacia los que forman parte de la comunidad universitaria, también es utilizado por personas ajenas a la universidad. Como ocurre cuando las personas interesadas solicitan admisión para cursar estudios de cuarto nivel. Para este caso existe un módulo de gestión de solicitudes para másteres universitarios y programas de doctorado al cual tienen acceso persona sin usuario registrado.

    ¿Cómo ingreso al Portal?

    Para ingresar utiliza la dirección miportal.urjc.es, así tendrás acceso al portal de servicio y debes registrarte con tu usuario y contraseña.

    • Si eres alumno de nuevo ingreso el usuario será tu DNI o NIE (en caso de alumnos extranjeros). La contraseña será tu fecha de nacimiento con el siguiente formato ddmmaa. Por ejemplo, si naciste el 12/05/1981 tu contraseña será f120581.

    Tendrás acceso al portal, pero este será restringido porque estarás limitado al tema de la “prematricula”. Al terminar el proceso el sistema te generará un código de usuario que será el que utilizarás para ingresar al portal de ahora en adelante.

    • Si eres alumno de la institución ingresa tu usuario y contraseña, con lo que tendrás acceso al portal. Una vez allí sigue las instrucciones para acceder a las diferentes opciones y realizar los trámites que requieras o solicitar los servicios que brinda la universidad.

    Otra ventaja que tendrás al realizar trámites a través de este portal es que puedes obtener constancias o recibos de los trámites realizados. Los recibos o constancias podrás visualizarlos para luego enviarlos a tu correo o imprimirlos en caso de ser necesario.

    Si eres alumno de la universidad y olvidaste tu nombre de usuario o la contraseña, puedes recuperar tu acceso al portal. Para ello debes dirigirte a la secretaría de tu campus, identificarte presentando tu DNI y solicitar información de tu usuario o un cambio de contraseña.

    Beneficios de utilizar mi portal urjc

    Al utilizar mi portal urjc no solo tendrás mayor comodidad, sino también obtienes muchos beneficios, estos son algunos de ellos:

    • Para realizar los trámites en línea, no tienes que estar físicamente en el lugar, eso te permite no tener que sortear inclemencias del tiempo.
    • Evitas realizar largas colas para los procesos de inscripción, tampoco tendrás que esperar turno para solicitar tu información académica. Esto se traduce en optimización de los tiempos y mayor comodidad para ti.
    • Tienes información constante y oportuna en lo relacionado con tu rendimiento académico, porque la información estará disponible para cuando lo requieras.
    • Tu información académica y personal está resguardada, ya que los sistemas informáticos de almacenamiento son más seguros que los manuales.
    • Cuando solicitas un trámite tienes la certeza que la información que obtendrás será la requerida, pues las solicitudes en línea son precisas y no requieren interpretación.

    Recomendaciones al utilizar mi portal urjc

    El uso de este portal te reportará beneficios, para que obtengas el mayor provecho al utilizarlo te recomiendo seguir estas sugerencias:

    • Si realizas trámites o solicitudes en los cuales utilizas tu información personal, ten la precaución de usar una conexión segura y estable.

    • Una vez legalizada tu inscripción, el portal te genera un usuario de dominio único, debes mantenerlo en resguardo, pues lo utilizarás durante tu permanencia en la universidad.
    • Ten presente que tu usuario y contraseña son información privada que dan acceso a tus registros personales y a todos los servicios de la universidad. Por eso es muy importante que los utilices de manera segura, no haciéndolos públicos ni copiándolos en sitios visibles.
    • En caso de presentarse algún problema durante la utilización de mi portal urjc puedes contactar al centro de atención telefónica al alumno. Podrás plantear la situación y obtener respuesta comunicándote al número telefónico 91 488 93 93.

    Mi portal urjc te será de mucha utilidad durante tu permanencia en la URJC, por eso te estimulamos a familiarizarte con él y utilizarlo frecuentemente. Esperamos que esta información te haya sido de provecho y te invitamos a seguir visitando este blog.

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  • Carta baja voluntaria

    ¿Encontraste un mejor empleo? ¿Estás pensando renunciar a tu empleo actual? De ser así necesitas realizar una carta de baja voluntaria. Si tu deseo es dejar voluntariamente tu empleo actual, debes comunicarlo a la empresa y la mejor opción es hacerlo de forma escrita.

    Realizar esta notificación por escrito permitirá establecer la fecha exacta de tu renuncia, lo que te resultará muy ventajoso para los cálculos posteriores. Al leer este artículo verás la importancia de entregar la carta de baja voluntaria y encontrarás sugerencias para redactarla y como realizar la notificación.

    Contenidos del artículo

    ¿En qué consiste la carta de baja voluntaria?

    Como trabajador tienes derecho a romper la relación laboral que mantienes con la empresa, en cualquier momento y sin necesidad de justificar el motivo. Esto es válido, incluso, si has firmado un contrato un contrato temporal, indefinido o de cualquier otro tipo. Si has decidido voluntariamente dejar el trabajo, puedes hacerlo, pero debes comunicarlo a la empresa. Considera que, si en el contrato aceptaste una cláusula de compromiso de permanencia en la empresa y no la cumples, la empresa podrá proceder legalmente.

    Aunque es normal que converses con algún representante de la empresa y le manifiestes tu deseo de romper la relación laboral, debes formalizarla por escrito. Es recomendable que presentes dos copias por escrito, ambas deben ser firmadas por las dos partes, para que tengas constancia y sirvan como garantía.

    La importancia de la carta de baja voluntaria radica en que te permite establecer la fecha exacta de tu renuncia. Así evitarás problemas al calcular el finiquito, contabilizar los días de preaviso y la empresa tendrá la fecha exacta para realizarte el abono. Lo usual es que presentes tu carta 15 días antes de la fecha estipulada para abandonar la empresa, esto te permitirá cubrir el plazo de preaviso.

    Es importante que tomes en cuenta el preaviso al presentar esta carta, porque los días de preaviso no cubierto podrán ser descontados de tu liquidación. Aunque normalmente el lapso de preaviso es de 15 días este puede variar dependiendo de la contratación colectiva con que cuente la empresa donde laboras.

    ¿Cómo redactar y presentar la carta de baja voluntaria?

    La carta puedes presentarla personalmente, mediante terceros o enviarla mediante burofax, lo importante es que tengas constancia que la empresa la ha recibido. Es recomendable que te quedes con una copia firmada por la empresa, esto representará para ti una garantía.

    Aunque no existe un formato oficial, hay elementos esenciales que la carta de baja voluntaria debe poseer, tu escrito debe contener la siguiente información:

    • Lugar y fecha de presentación de la carta.
    • Datos de identificación de la empresa:
      • Código de identificación fiscal (CIF).
      • Nombre de la empresa.
      • Dirección de la empresa.
    • Tus datos personales:
      • Nombres y apellidos.
      • Documento nacional de identidad (DNI).
    • Dirección de domicilio, preferiblemente debe ser el mismo que aparece en la nómina de la empresa.
    • La intención de abandonar la empresa.
    • Fecha a partir de la cual dejarás de asistir al trabajo y señalar si se van a respetar los 15 días de preaviso.
    • La solicitud que te sea procesado con celeridad el finiquito y su abono.

    Aunque la carta debes redactarla con un lenguaje formal y respetuoso, sería bueno que evites los agradecimientos y buenos deseos. Lo importante es comunicar cuando será tu último día en la empresa y si vas a cubrir el lapso del preaviso. Toma en cuenta que no es necesario mencionar el motivo por el cual terminas la relación laboral con la empresa.

    ¿Cómo calcular el finiquito?

    Debido a que eres tú quien de manera voluntaria está poniendo fin a la relación laboral no tendrás acceso a ciertos beneficios. Al presentar una baja voluntaria tu liquidación se verá afectada por las siguientes condiciones.

    • Al presentar una baja voluntaria no tienes derecho a indemnización de parte de la empresa.
    • Tendrás derecho a recibir un finiquito que contenga las cantidades que se te adeuden, el monto de este finiquito estará compuesto por:
      • Salario correspondiente al último mes sin concluir.
      • Parte proporcional de pagas extraordinarias y horas extras si las realizaste.
      • Vacaciones generadas y no disfrutadas.
    • No podrás pedir el paro, debido a que al presentar una baja voluntaria no quedas en situación legal de desempleado. La situación de desempleado para un trabajador con baja voluntaria aplica solo cuando la presenta por estas razones:
      • Modificación de las condiciones de trabajo.
      • Falta de pago o retraso continuado del pago del salario.
    • Traslado del centro de trabajo.

    Otro aspecto importante es que si no cumples con el lapso completo del preaviso la empresa podrá descontar de tu finiquito esos días faltante. La empresa también puede reclamar por daños y perjuicios cuando hayas incumplido una cláusula de permanencia indicada en el contrato de trabajo.

    El último día de trabajo la empresa debe presentarte propuesta con el cálculo de tu liquidación. En caso de no estar de acuerdo con los montos es importante que coloques en el finiquito “no conforme”, la fecha y tu firma.

    ¿Qué hacer si te presionan para que firmes una carta de baja voluntaria?

    Es cierto que tienes el derecho de terminar la relación laboral cuando lo consideres pertinente, pero debes hacerlo solo si esa es tu voluntad. Nunca debes hacerlo bajo presión, ya que en sentido económico resultarás afectado de manera negativa, porque pierdes el derecho a recibir una indemnización. Esta es la razón por la que muchas empresas presionan y hasta obligan a sus trabajadores a entregar una carta de baja voluntaria.

    Si estás siendo presionado por la empresa con este fin o te están obligando a firmar una carta de baja voluntaria, no tienes por qué hacerlo. En caso de verte obligado a firmar la carta puedes hacer lo siguiente:

    • Asegúrate de tener testigos que la estás firmando bajo coacción.
    • Graba la reunión, aunque lo hagas sin el consentimiento de la empresa esto es legal y así podrás demostrar las circunstancias en las que firmaste esa carta.
    • Presenta una denuncia en la inspección de trabajo

    La presentación de una carta de baja voluntaria es una decisión personal, no obstante, hemos querido presentarte las ventajas y los inconvenientes de esta decisión. Si te ha resultado útil esta orientación compártela con tus amigos y continúa visitando nuestro blog.

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  • Ayudas mayores de 45 años

    Durante la última década el desempleo entre los españoles mayores de 45 años ha aumentado, cada día más personas pertenecientes a este grupo quedan sin empleo. Si estás desempleado y eres mayor de 45 años debes saber que se han dispuesto ayudas para las personas que están en tu situación.

    Te interesará el contenido de este artículo donde mostraremos cuales son las ayudas disponibles para tus circunstancias actuales. También te daremos información acerca de lo que debes hacer para beneficiarte de estas ayudas.

    Contenidos del artículo

    ¿En qué consisten las ayudas para mayores de 45 años?

    El aumento del desempleo afecta a gran parte de la población, no obstante, entre los mayores de 45 años es donde el aumento ha sido mayor. Si eres mayor de 45 años y te encuentras desempleado puedes acceder a las ayudas que otorga el gobierno de la nación. Estas ayudas para mayores de 45 años se tramitan en las oficinas del servicio estatal para el desempleo SEPE.

    Existen varias ayudas de aplicación general de las que puedes hacer uso, pero hay dos que son específicas para esta situación, estas son:

    • El subsidio para mayores de 45 años si no posees responsabilidad familiar.
    • El subsidio de ayuda familiar para los mayores de 45 años con responsabilidad familiar.

    Como puedes ver, son subsidios bien diferenciados y al que puedas acceder va a depender de tu condición personal. Es recomendable que solicites información en las oficinas del SEPE para que puedas saber cuál de los dos es el adecuado para tu circunstancia. A continuación, te daremos detalles de cada uno de estos subsidios.

    ¿Qué es el subsidio para mayores de 45 años?

    El subsidio para mayores de 45 años es una ayuda para los desempleados mayores de 45 años sin responsabilidades familiares y cuyos ingresos sean insuficientes. Para disfrutarlo, tienes que cumplir los siguientes requisitos:

    • Tener 45 años de edad o más.
    • Haber agotado la prestación contributiva por desempleo.
    • Estar en condición de desempleo, haber transcurrido un mes desde que cobraste el último paro y llevar mínimo un mes inscrito como demandante de empleo.
    • Tener un ingreso mensual inferior al 75% del salario mínimo interprofesional.

    Al acceder a este subsidio recibirás una prestación económica, así como también diversas acciones cuyo objetivo es ayudarte a reinsertarte nuevamente en el mercado laboral. El objetivo de esta ayuda es no dejarte sin cobertura durante el tiempo que tienes dificultad para encontrar empleo a causa de la edad.

    Disfrutarás de este subsidio por un máximo de seis meses y el monto mensual que recibirás será del 80% del IPREM. Si la última relación laboral que dio lugar al subsidio era a jornada parcial, recibirás una cuantía proporcional a la cantidad de horas que trabajabas.

    Transcurrido un mes desde que agotaste la prestación por desempleo, tienes 15 días hábiles para presentar tu solicitud del subsidio para mayores de 45 años. Tienes que prestar atención no solo a los recaudos que debes presentar, sino también, a los lapsos dentro de los cuales debes realizar el trámite.

    ¿Cómo tramito mí solicitud?

    Puedes tramitar tu solicitud de manera presencial, para ello debes solicitar una cita previa y dirigirte a las oficinas de servicio público de empleo estatal. También puedes hacerlo desde tu casa a través de la Sede Electrónica del SEPE.

    Para realizar la solicitud correctamente debes presentar la siguiente documentación en las oficinas del SEPE:

    • Impreso de solicitud del subsidio por desempleo.
    • Documento Nacional de Identidad (DNI). Las personas extranjeras residentes deberán presentar Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE).
    • Documento bancario donde aparezca el número de cuenta donde quieras recibir la prestación. Recuerda que debes ser titular de la misma.
    • Solamente si la entidad gestora lo solicita, deberás presentar el justificante de rentas.

    Una vez aprobado el trámite, recibirás un depósito en tu cuenta entre los días 10 al 15 de cada mes durante un máximo de 6 meses.

    Subsidio ayuda familiar

    Básicamente es un subsidio por desempleo, su nombre real es “subsidio por agotamiento de la prestación contributiva con responsabilidades familiares”. Consiste en una prestación que puedes cobrar si ya has agotado el paro, o si no reúnes las cotizaciones necesarias para poder tramitar esta prestación. Te será depositado el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM.

    Los requisitos para solicitar la ayuda familiar son los siguientes:

    • No disponer de paro porque se haya agotado.
    • Ser desempleado.
    • Estar inscrito como demandante de empleo en la oficina del SEPE.
    • Tener hijos o un cónyuge a cargo. Los hijos deben ser menores de 26 años, y la pareja debe depender económicamente de la persona que solicita la ayuda familiar.
    • Las rentas del núcleo familiar no deben superar el 75% del SMI.

    ¿Cómo realizar el trámite?

    Puedes tramitar tu solicitud de manera presencial, para ello debes solicitar una cita previa y dirigirte a las oficinas de servicio público de empleo estatal. También puedes hacerlo ingresando a la página Web del SEPE.

    Para realizar la solicitud correctamente debes presentar la siguiente documentación en las oficinas del SEPE:

    • Impreso de solicitud del subsidio por desempleo.
    • Documento Nacional de Identidad (DNI). Las personas extranjeras residentes deberán presentar Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE), o con el Número de Identidad de Extranjeros a través del pasaporte.
    • Documento bancario donde aparezca el número de cuenta donde quieras recibir la prestación, debes ser titular de la misma.

    Una vez aprobado el beneficio de la ayuda familiar y comienzas a percibir la asignación, esta tendrá una duración prorrogable de la siguiente manera:

    • Si eres mayor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos cuatro meses, tendrás derecho a otra prórroga de seis meses. Estas prórrogas podrás obtenerlas hasta percibir 24 meses como máximo.
    • Si eres mayor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de, al menos, seis meses tendrás derecho a dos prórrogas de seis meses cada una. Estas prórrogas podrás obtenerlas hasta percibir un máximo de 30 meses.

    Las ayudas para personas desempleadas mayores de 45 años constituye un valioso beneficio para muchas familias. Hemos querido ponerte al tanto de las opciones que existen y darte sugerencias para que puedas aprovecharlas. Nos agrada mucho poder ayudarte, por eso te invitamos a que continúes visitando nuestro blog.

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  • Ayudas para madres solteras

    Si como madre soltera enfrentas muchas dificultades al criar sola a tus hijos, existen ayudas que te permitirán aliviar esta situación. Nuestra finalidad es darte a conocer algunas de ellas, así como los requisitos que debes llenar para que puedas obtenerlas.

    Este artículo está realizado para brindarte orientación que te permita enterarte de cuáles de estas ayudas aplican según tu condición. Continúa leyendo esta información, ya que podrá aportarte beneficios tanto para ti como para tu familia.

    Contenidos del artículo

    ¿En qué consisten las ayudas para madres solteras?

    Si eres madre soltera el gobierno de la nación y la comunidad autónoma te ofrecen una serie de beneficios a los cuales puedes acceder. Estos beneficios tienen como finalidad aportarte ayuda económica y contribuir en la cobertura de los gastos que incurres durante la crianza de tus hijos. Estas ayudas pueden ser aportes periódicos, exenciones tributarias, pagos únicos o aportes temporales.

    Algunas de estas ayudas las puedes tramitar en las oficinas de la seguridad social, otras en la agencia tributaria si dependen del gobierno de la nación. Para obtener las ayudas que otorga la comunidad autónoma debes dirigirte al estamento correspondiente de la comunidad donde vivas o visitar su página Web.

    Estas ayudas requieren cumplir con algunos requisitos y están reglamentadas dentro de lapsos particulares, es importante que los tengas en cuenta cuando realizas tu solicitud. Otro aspecto importante es que en algunos casos el disfrutar de ciertos beneficios no te excluye de solicitar otros.

    A continuación, vamos a considerar algunas de estas ayudas, así podrás conocer cuáles son sus alcances y los requisitos que debes cumplir. A medida que las vas considerando tendrás la oportunidad de ver si aplica a tus circunstancias y si calificas para hacer tu solicitud.

    Deducción por maternidad para madres trabajadoras

    Este beneficio aplica si eres madre trabajadora con hijos menores de tres años y cotizas a la seguridad social. El monto máximo de la deducción por maternidad es de 1.200 euros anuales por cada niño. También tienes la opción de percibir una cuota mensual de 100 euros por hijo si así lo indicas.

    La deducción puede aplicarse en la declaración de la renta, aunque también puede solicitarse de forma anticipada. Para solicitarla, puedes hacerlo de forma presencial completando debidamente el Modelo 140 y presentándolo a la Agencia Tributaria. También puedes llamar al número telefónico 901 200 345.

    Prestación por hijo a cargo

    Puedes obtener esta ayuda si tienes a tu cargo hijos menores de 18 años o hijos mayores de edad con discapacidad igual o mayor al 65%. Esto aplica independiente de la naturaleza legal de la filiación, esta ayuda incluye los menores acogidos permanentemente o de forma previa a la adopción definitiva. Para recibir este beneficio es indiferente si trabajas o te encuentras desempleada, aunque debes cumplir algunos requisitos.

    • Hijos menores y acogidos sin discapacidad

    En esta situación recibirás de 24,25 euros mensuales por cada hijo (291 al año). Para recibirla tus ingresos anuales no deben superar los 11.547,96 euros anuales incrementándose en un 15% por cada hijo menor o acogido. Para calcular el límite de ingresos, se tomarán en cuenta los rendimientos del trabajo, del capital, de las actividades económicas y ganancias patrimoniales.

    • Hijos menores y acogidos con discapacidad

    Si estás a cargo de un niño menor de 18 años con una discapacidad igual o superior al 33% tendrás una asignación de 1.000 euros anuales o 250 euros trimestrales.  Esto será Independiente del límite de tus ingresos.

    • Hijos mayores de 18 años con discapacidad

    Si el grado de discapacidad asciende al 65% recibirás 367,90 euros mensuales (4.414,80 euros anuales). En caso que la discapacidad sea igual o superior al 75%, la asignación anual es de 6.622,80 euros (551,90 euros mensuales).

    Para optar por este beneficio debes presentar la solicitud en una oficina de la seguridad social junto con la documentación requerida en cada caso.

    Prestación por maternidad

    Esta ayuda busca compensar la pérdida de tus ingresos cuando interrumpes tu actividad laboral debido a parto, adopción, acogimiento y tutela. El subsidio equivale al 100% de la base reguladora establecida por incapacidad temporal, aplica así trabajes por cuenta propia o ajena, debes cumplir estos requisitos:

    • Debes estar afiliada a la seguridad social y en alta o asimilada.
    • Cumplir con las cotizaciones requeridas:
    • Si eres menor de 21 años: No se exige mínimo de cotización.
    • Si tienes entre 21 y 26 años: Debes tener 90 días cotizados dentro de los 7 años anteriores al inicio del descanso o 180 días cotizados a lo largo de tu vida laboral.
    • Si eres mayor de 26 años: Requieres haber cotizado 180 días dentro de los 7 años anteriores al inicio del descanso o, 360 días a lo largo de tu vida laboral.

    Recibirás este subsidio durante 16 semanas desde el nacimiento del bebé, adopción, tutela o acogimiento familiar. Obteniendo una ampliación en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple, y también por hospitalización o discapacidad del niño.

    Sí cumples con los requisitos, pero no tienes las cotizaciones requeridas, puedes solicitar el subsidio no contributivo por maternidad. Esta ayuda te será concedida solo en caso de nacimiento, tiene una duración de 42 días desde el parto y el importe a cobrar equivale al 100% del IPREM. La ayuda se incrementa en 14 días en caso de familia numerosa, monoparental, parto múltiple o discapacidad del hijo o la madre de al menos 65%.

    Otras ayudas

    Además de las descritas existe otras ayudas que puedes solicitar, de estas solo vamos a hacer una breve referencia:

    • Ayudas por impago de la pensión alimenticia:

    Esta ayuda es otorgada por el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos cuando no se está recibiendo la manutención de los hijos. En este caso, se puede solicitar un anticipo siempre que se cumplan estos requisitos:

    • No recibir ingresos superiores a los límites establecidos.
    • Haber reclamado el impago de la pensión alimenticia por vía judicial.

    • Ayudas autonómicas:

    Muchas comunidades autónomas ofrecen distintas ayudas a madres solteras trabajadoras; en este caso, lo más recomendable es acudir a tu ayuntamiento para preguntar sobre estas subvenciones.

    • Ayuda por nacimiento o adopción

    Las familias monoparentales, las familias numerosas y las madres con discapacidad igual o superior al 65% tienen derecho también a percibir una ayuda por nacimiento o adopción. Esta se tramita en la Seguridad Social y consiste en un pago único de 1.000 euros por cada nacimiento o adopción posterior al 16 de noviembre de 2007. El disfrute de esta ayuda dependerá de tus ingresos, tanto si trabajas como si estás desempleada.

    Estas son algunas de las ayudas más conocidas a las que puedes tener acceso, aunque no hemos abarcado todas las existentes deseamos que hayan sido de utilidad. Si te gustó la información compártela con tus amigas y continúa visitando nuestro blog.

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  • Solicitud pensión de viudedad

    La muerte de tu pareja constituye una enorme pérdida que genera un gran impacto emocional junto a un empeoramiento de tu situación económica.  Ante esta contingencia, puedes solicitar la pensión de viudedad, esta ayuda se otorga para compensar la falta de recursos económicos originada por la muerte del cónyuge.

    Al continuar leyendo conocerás más acerca de esta prestación concedida por el estado, así como los requisitos para obtenerla. Queremos brindarte esta información con la finalidad de orientarte en la tramitación de este beneficio.

    Contenidos del artículo

    ¿Qué es la pensión de viudedad?

    Consiste una prestación económica de carácter vitalicio otorgada a quienes han tenido un vínculo matrimonial o fueron pareja de hecho de la persona fallecida. El beneficiario de la misma es el cónyuge o la pareja en el momento del fallecimiento. Para optar por este beneficio debes reunir los requisitos que establece la ley. La pensión de viudedad busca protegerte de la situación de necesidad económica producto del fallecimiento tu cónyuge.

    La pensión de viudedad puedes solicitarla en cualquier momento una vez que se haya producido el fallecimiento de tu cónyuge. No existe plazo, pero si la realizas fuera de los tres meses posteriores de ocurrido el fallecimiento, no tendrá una retroactividad superior a tres meses. Una vez que has gestionado la solicitud, el organismo correspondiente cuenta con un plazo de hasta 90 días para darte una respuesta.

    Aunque esta prestación se te concede para toda la vida, existen algunos supuestos por los cuales dejarás de percibirla. Entre ellos se encuentran la posibilidad de que vuelvas a contraer matrimonio o seas pareja de hecho nuevamente. Si se te declara culpable en la muerte de tu cónyuge por sentencia firme, o en caso que hayas incurrido en violencia de género. También si se comprobará que la persona que dio lugar a la pensión no ha fallecido

    Requisitos en el cónyuge fallecido

    Para tramitar la pensión de viudedad tanto tú como la persona fallecida deben cumplir algunos requisitos. Precisemos qué requisitos debe cumplir el fallecido y cuál era su relación concreta contigo:

    La persona fallecida genera una pensión de viudedad para su cónyuge si se encuentran en alguna de estas situaciones:

    • Estaba dado de alta en la seguridad social o en situación asimilada, siempre que hubiera cotizado al menos 500 días en los cinco años anteriores. Si ya no estaba de alta, debería tener un período mínimo de cotización de 15 años. No se exige periodo mínimo de cotización si el fallecimiento ha sido por accidente, de trabajo o no, o por enfermedad profesional.
    • Los trabajadores desaparecidos en un accidente (laboral o no), cuando se presuma su muerte, y hayan transcurrido 90 días naturales desde el accidente.
    • Si era beneficiario de una pensión de jubilación contributiva, o tenía derecho a ella en el momento de fallecer y no la había solicitado.
    • Disfrutaba de una pensión por una incapacidad permanente.
    • Tenía derecho al subsidio por incapacidad permanente

     

    ¿Cuáles son los requisitos para el solicitante?

    Con respecto a ti, también hay una serie de requisitos que debes cumplir. Podrás percibir la pensión de viudedad siempre que te encuentres dentro de alguna de estas situaciones:

    • Si eras cónyuge del fallecido y tienen hijos comunes, en caso contrario el matrimonio debe haberse celebrado al menos un año antes del fallecimiento. Si no cumples este requisito, aún puedes percibir una prestación temporal de viudedad.
    • También podrás percibir la prestación si tu ex-parejas (divorciadas o separadas judicialmente) estaba percibiendo una pensión compensatoria
    • Si eres mayor de 65 años y no tienes posibilidad a tener otra pensión y tu matrimonio haya sido de más de 15 años.
    • Si fuiste pareja de hecho del fallecido, inscrita en el registro de la comunidad autónoma o ayuntamiento correspondiente al menos dos años antes del fallecimiento. Es necesario que acredites una convivencia estable durante los cinco años anteriores al deceso. También que, durante esos cinco años, ninguno de los dos estaba casado ni separado de otra persona.

    ¿Cómo solicitar pensión de viudedad?

    Para gestionar la pensión de viudedad debes presentar la solicitud y la documentación necesaria en el instituto nacional de la seguridad social (INSS). Si tu cónyuge era trabajadores del mar deberás presentar la solicitud en las Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina (ISM).

    Aunque el reconocimiento de tu derecho a la pensión de viudedad corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, existen algunas excepciones. Si tu cónyuge era trabajador del mar, le corresponderá asumir el derecho al Instituto Social de la Marina. Cuando el fallecimiento es producto de un accidente de trabajo, le corresponde reconocer el derecho a la mutua colaboradora con la Seguridad Social.

    El monto que recibirás se determina aplicando un porcentaje sobre la base reguladora, esta varía dependiendo de la situación del fallecido al momento de la muerte. El porcentaje es del 52% con carácter general. En el caso que tengas cargas familiares y no alcances un nivel de ingresos determinado, la cifra puede incrementarse hasta el 70% de la base reguladora.

    Puedes presentar tu solicitud en cualquier oficina de la Seguridad Social dirigida a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social. También tendrás que presentar la documentación personal y la específica que se indica en el modelo de solicitud.

    ¿Cuáles documentos debes consignar?

    En todos los casos debes consignar: DNI o NIE en caso de ciudadanos extranjeros y el acta de defunción. También necesitarás la siguiente documentación adicional en cada caso:

    • Si el fallecido no disfrutaba de una pensión y estaba obligado al ingreso de cotizaciones: justificante del pago de las cotizaciones de los últimos 3 meses
    • Si estabas casado con el fallecido: libro de familia, acta del Registro Civil o documento extranjero equivalente legalizado, donde se acredite el matrimonio.
    • Declaración jurada sobre la extinción de la pensión compensatoria, mediante documento facilitado por el INSS
    • Acreditación de que no has vuelto a contraer matrimonio o constituir pareja de hecho, mediante acta del registro civil o registro de parejas de hecho.
    • Si eras pareja de hecho, debes presentar la acreditación de la constitución del acuerdo de pareja. El acta del registro civil donde se refleje que ninguno de los dos estaba casada o separada de otra tercera. El certificado del ayuntamiento que justifique la convivencia entre ambos durante 5 años como mínimo antes del fallecimiento. Constancia de los ingresos de la pareja en el año anterior a la muerte, así como los tuyos en el mismo año.
    • En los casos de separación, divorcio o matrimonio declarado nulo, para solicitar la pensión de viudedad debes consignar la sentencia judicial.

    Existen otros documentos que tal vez necesites presentar dependiendo de la situación:

    • Parte administrativo de accidente de trabajo o enfermedad profesional.
    • Certificado de discapacidad.
    • Acta literal de matrimonio expedida por el Registro Civil.

    ¿Dónde presento la Solicitud?

    Una vez hayas completado el formulario con la información requerida y recopilado todos los documentos, podrás presentar la solicitud de pensión de viudedad. Puedes hacerlo en línea a través de la sede electrónica o de forma presencial.

    Para hacerlo de forma presencial, te dirigirás a una oficina de la seguridad social. Mediante una solicitud dirigida la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, entregarás el formulario y todos los documentos. En un plazo no mayor de 90 días tendrás respuesta a tu solicitud.

     

    Al obtener la pensión de viudedad tendrás acceso a un ingreso fijo que te permitirá afrontar la difícil situación económica que genera la pérdida del cónyuge. Nuestro objetivo es brindarte información que te sirva de provecho, por eso te invitamos a seguir en contacto visitando nuestro blog.

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  • Fe de vida

    Seguramente has oído hablar muchas veces del certificado de fe de vida, pero sabes en realidad ¿Qué es y cómo puedes solicitar la fe de vida?. Si tu respuesta es negativa has llegado al blog correcto, porque hoy te explicaremos todo lo referente a la tramitación de este documento.

    Para empezar sabrás de manera más detallada qué es y para qué sirve el certificado de fe de vida. De igual manera conocerás los documentos y requisitos para tramitar de forma rápida dicho documento.

    Lo mejor de todo es que, también te mencionaremos los pasos para solicitar la fe de vida, lo cual es muy importante para que ya sepas como tramitarla. De esta manera, al finalizar con la lectura sabrás todo lo que debes hacer para obtener el certificado de fe de vida.

    Contenidos del artículo

    Qué es y para qué sirve la fe de vida

    La fe de vida, es un certificado emitido por el Registro Civil, que tiene la finalidad de acreditar que la persona que lo solicita esta viva. Dicho documento también se conoce como fe de vida y estado y el mismo se utiliza no solo para acreditar la vida de una persona sino también su estado civil.

    Sin embargo, es importante señalar que en este documento no se acredita el estado civil casado. Pues en este caso basta con que la persona muestre el certificado de matrimonio y de esa manera acredita su estado civil.

    En otras palabras, el certificado de fe de vida y estado se usa solo para indicar el estado civil de viudo y soltero y para acreditar su vida. Asimismo, debes saber que en el caso de que necesites acreditar tu vida y en el momento no tengas la fe de vida, puedes hacerlo asistiendo personalmente al Registro Civil.

    De igual manera, puedes presentar en el mismo Registro un acta notariada de presencia y así acreditarías tu vida. Igualmente, si necesitas certificar tu estado civil y no cuentas en el momento con la fe de vida y estado, puede presentar una declaración jurada o un acta notariada.

    Por otra parte, es necesario resaltar que el certificado de fe de vida, es un documento indispensable para que puedas tramitar los siguientes documentos:

    • Abrir expedientes de nacionalidad.
    • Celebrar matrimonio en el extranjero.
    • Realizar el cobro de pensiones.
    • Inscripción de pareja de hechos.

    Así como estos, existen otros documentos en los cuales deberás presentar el certificado de fe de vida para poder tramitarlos. De allí, la importancia de que aprendas a realizar la solicitud del mismo, así que, para conocer los documentos para solicitarla lee el siguiente punto.

    Documentos para solicitar la fe de vida

    Ya te ha quedado claro qué es y para qué sirve la fe de vida, por ello ahora te mencionaremos los documentos que debes reunir para hacer su solicitud. Dichos documentos, se consiguen fácilmente, lo importante es que los presentes ante el Registro Civil al momento de solicitar la fe de vida o de lo contrario no podrás tramitarla.

    Así que, conoce a continuación los documentos que debes reunir para solicitar la fe de vida:

    1. Presentar original y copia del documento nacional de identidad (DNI) de la persona que solicita la fe de vida. En caso de no poseerlo, deberás presentar la copia del libro de familia o del pasaporte.
    2. La planilla de solicitud del certificado de fe de vida con todos los datos que solicita debidamente completados. Dicha planilla te la otorgan en el Registro Civil al momento de hacer la solicitud del documento.
    3. En caso de que quien solicite la fe de vida no pueda acudir al Registro por algún impedimento físico o enfermedad, puede solicitarla un tercero. Sin embargo, en este caso se debe presentar lo siguiente:
      • El original y la copia del informe médico y los exámenes que acrediten la condición en la que se encuentra la persona. Dicho informe no puede tener una vigencia mayor a 15 días.
      • Original y copia del documento nacional de identidad de quien realizará la solicitud.
      • El original y la copia del DNI de quien necesita el certificado de fe de vida.
      • Certificado de empadronamiento en original y copia de quien necesita el documento.

    Cómo podrás ver, tal y como te mencionamos al inicio son documentos que siempre tienes a la mano. Ahora solo te queda conocer en el siguiente punto como hacer la solicitud de la fe de vida.

    Cómo solicitar la fe de vida

    Hacer la solicitud del certificado de fe de vida, es un trámite muy sencillo y el mismo se hace únicamente de manera presencial. Para ello, es necesario que acuda al Registro Civil la persona que necesita el certificado, pues recuerda que, se está acreditando la vida de esa persona.

    Por esa razón es indispensable, que acuda la misma persona que necesita dicho documento. Solo está permitido que el trámite lo realice otra persona en el caso de se demuestre que quien lo necesita no puede acudir por problemas de salud.

    Para ello, es indispensable que el tercero presente la documentación antes mencionada y listo. Ya teniendo esta información presente, sigue los pasos que te mencionaremos a continuación y solicita de forma rápida y sencilla la fe de vida:

    • Dirigente a la oficina del Registro Civil que te quede más cerca de tu lugar de residencia.
    • Una vez que te encuentres en el lugar, indícale al encargado el trámite que vas a realizar, en este caso solicitar la fe de vida.
    • Llena la planilla de solicitud con los datos que te solicita y anéxale a la misma los documentos que te mencionamos en el punto anterior.
    • Entrégale la planilla con los documentos al encargado y listo.

    Cómo habrás notado los pasos a seguir son muy sencillos y lo mejor de todo es que, te entregarán de una vez el certificado de fe de vida.

    Aspectos importantes sobre el certificado

    Ya conociendo toda la información sobre la tramitación de la fe de vida, es importante que consideres los siguientes aspectos:

    • La fe de vida es un documento que puede ser tramitado tanto por españoles como por extranjeros. Sin embargo, en el caso de que el extranjero desee acreditar también su estado civil deberá presentar adicionalmente una declaración jurada.
    • Este documento tiene una vigencia de 10 a 15 días tomando en cuenta su fecha de expedición.
    • Para que puedas utilizar el certificado de fe de vida en el extranjero, el mismo debe estar legalizado. De lo contrario, dicho documento no tendrá validez alguna.
    • Dependiendo de la ciudad en la que te encuentres deberás solicitar una cita antes de acudir a solicitar la de vida en el Registro Civil.
    • La tramitación de la fe de vida es totalmente gratis.

    Estos son solos algunos aspectos importantes que debes conocer para completar la información de la fe de vida que has aprendido hoy. Así que, si ya te ha quedado claro todo lo referente a este documento, déjanos un comentario y sigue leyendo este blog.

    Recuerda que, en este blog encontrarás toda la información que necesitas para realizar cualquier trámite importante.

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  • Baja voluntaria

    Si estás pensando en retirarte voluntariamente de la empresa en donde laboras deberás solicitar la baja voluntaria de tu puesto de trabajo. En ocasiones, te ofrecen una mejor oferta laboral, pero estás atado a un contrato de trabajo y la única forma de liberarte de esa obligación es mediante este mecanismo.

    Si estás pasando por esto, lo ideal es que conozcas de que se trata realmente la baja voluntaria para que puedas apelar a ella cuando lo necesites. En este artículo conocerás qué es la baja voluntaria, cómo solicitarla y los beneficios que obtendrás al hacerlo para que despejes todas tus dudas.

    Contenidos del artículo

    ¿Qué es la baja voluntaria?

    Cuando lo desees puedes culminar la relación laboral con tu trabajo actual sin necesidad de dar explicaciones gracias a la baja voluntaria. Realmente no importa si cuentas con un contrato de trabajo temporal, indefinido, de tiempo completo o parcial, siempre podrás apelar a este mecanismo.

    Es muy importante que presentes la baja voluntaria cuando realmente quieras retirarte de tu puesto de trabajo sin tener ningún tipo de presiones. Ya que, en muchas oportunidades el empleador presiona a los trabajadores de los que se quiere deshacer para que presenten una baja voluntaria.

    De esta forma, terminan prácticamente echando a sus empleados, sin tener que pagarle las prestaciones correspondientes. Es por esto que, la baja voluntaria es una herramienta muy importante que deberás usar solamente cuando solo tú desees retirarte de donde laboras.

    También, debes saber que, al presentar una dimisión laboral, tienes derecho a recibir el finiquito proporcionado del tiempo que prestaste servicio a esa empresa. Igualmente, deberás recibir el pago correspondiente  de los días laborados de ese mes, así como los pagos adiciones (vacaciones no disfrutadas o vencidas, etc.).

    Asimismo, deberás que tener en cuenta que, al momento de activar este mecanismo también tendrás una serie de deberes que cumplir. El más importante de ellos es presentar tu baja voluntaria de forma escrita impresa, aunque también la pudieras entregar vía correo electrónico.

    Es fundamental, que cuando entregues tu baja voluntaria por escrito, lo hagas en 2 juegos de copias y que te entreguen una como recibida. Así, tendrás un documento firmado por la empresa que respalde que estás siguiendo los canales regulares.

    Como puedes ver la baja voluntaria es una herramienta muy importante que dispone la legislación del trabajo para que el trabajador finalice la relación laboral cuando lo desee.

    ¿Se debe realizar preaviso al solicitar la baja voluntaria?

    Esta es una de las preguntas que viene a la mente de los trabajadores al momento de solicitar la baja voluntaria de su puesto de trabajo. Y no está de más preguntarse esto, ya que si tienes una nueva oferta laboral deberás saber para qué fecha estarás realmente disponible para comenzar un nuevo contrato.

    Primero que nada, la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre tiene la respuesta. Exactamente en el Art. 49, Extinción de Contrato en el apartado 1.D reza lo siguiente:

    “Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar”.

    Esto quiere decir que, cualquier empleado que decida valerse de la dimisión del contrato (baja voluntaria) deberá negociar con su empleador el tiempo del preaviso. Y este preaviso deberá estar establecido en los convenios colectivos de la empresa, de lo contrario deberás cumplir el preaviso los días que estipule la oficina de R.R.H.H.

    De igual modo, la empresa utilizará tu tiempo de preaviso para ir buscando a otro empleado que pueda sustituirte en tu puesto de trabajo. Es posible que, en tu preaviso tengas que facilitarle y hasta entrenar a la persona que te va a suplir en todo lo referente a tus funciones.

    De esta manera, tanto la empresa como el empleado podrán salir beneficiados de la mejor forma posible cuando se solicite una baja voluntaria. Normalmente, tanto los contratos colectivos como las oficinas de recursos humanos establecen un periodo de 15 a 30 días naturales como preaviso.

    En caso, de que decidas no cumplir con el periodo de preaviso, deberás tener en cuenta que la empresa podrá descontártelos del finiquito.

    ¿Puedo retractarme de una baja voluntaria?

    Si llegarás a presentar una baja voluntaria de tu puesto de trabajo y por cualquier motivo te arrepientes, es posible que puedas anularla. Debes saber que, te puedes retractar de este recurso desde el mismo día que lo introduces hasta el último día de tu preaviso.

    Hasta que no sé cumplas el último día de trabajo del preaviso sigues siendo trabajador de la empresa donde laboras. Y como la baja voluntaria es un instrumento solicitado por el empleado, tendrás el derecho a retractarte de la baja voluntaria mientras sigas laborando.

    Una vez que hayas culminado el periodo de preaviso, ya no podrás presentar una carta para retractarte de la baja voluntaria que hayas solicitado. Es por ello, que solicitar este recurso es una decisión muy importante que deberás pensar bien y sin presiones.

    La única manera de que la empresa en donde labores no acepte tu anulación de la baja voluntaria, es que con ello le estés acarreando algún perjuicio. Por ejemplo, si ya contrataron a la persona que te va a suplir en tu puesto laboral y tú decides retractarte esto, le estaría ocasionando perdidas a la empresa.

    Y es por ello, que consideraran improcedente tu anulación de la baja voluntaria que solicitaste para retirarte de tu puesto laboral. Si este no fuera el caso y tu empleador decide no aceptar la anulación de tu baja voluntaria sin un motivo que avale su decisión, esto sería considerado un despido improcedente.

    ¿Puedo solicitar una baja voluntaria en el periodo de prueba?

    Si te encuentras en el periodo de pruebas para optar por un puesto de trabajo y necesitas retirarte, también puedes solicitar la baja voluntaria. En este caso específico, no hace falta que lo hagas por escrito, puedes informar tu decisión verbalmente a tu supervisor inmediato.

    De igual manera, no hace falta que expliques detalladamente los motivos por los cuales quieres dimitir de tu periodo de pruebas. Simplemente con notificar que no deseas seguir laborando en dicha empresa o con avisar hasta que días decides ir a laboral basta.

    Cuando solicites la baja voluntaria en el periodo de pruebas tendrás derecho al pago del finiquito del contrato laboral. También, tienes derecho al pago de todos los días laborados que falten por cancelarte hasta el último día que decidas asistir al trabajo.

    De esta forma, tanto tú como la empresa en donde comenzaste a trabajar, quedarán acorde con la presentación de tu dimisión al contrato laboral. Ya que conoces esto, es momento que sepas si puedes pedir el paro luego de una baja laboral.

    ¿Se puede pedir el paro después de una baja voluntaria?

    El paro es una asistencia monetaria que recibirás al perder tu trabajo, pero mediante la baja voluntaria no estarías perdiendo tu empleo sino retirándote. Es por esto, que mediante la dimisión o baja voluntaria no tendrías derecho a solicitar el paro.

    Asimismo, tampoco podrías solicitar ningún otro subsidio por perdida de empleo, aunque cuentes con las cotizaciones necesarias para este fin. Ni siquiera porque hayas obtenido el paro antes de este empleo podrás reanudarlo si solicitas una dimisión de tu puesto de trabajo.

    Es por ello que, lo más recomendable cuando decidas prescindir de tu puesto de trabajo es que lo hagas por una mejor oferta laboral para que no quedes desempleado. Sin embargo, existe una forma para que puedas solicitar el paro luego de pedir una baja voluntaria de tu puesto de trabajo.

    Si eres una mujer que ha sufrido de violencia de género y esto ha sido una causa de que hayas dimitido a tu trabajo, podrás solicitar el subsidio por desempleo. De esta manera, el estado garantiza la protección laboral del género femenino, cuando este ha sufrido algún tipo de violencia.

    Como puedes apreciar la baja voluntaria es un recurso muy importante cuando deseas finalizar una relación laboral en buenos términos y por motivos personales. Si te pareció excelente este artículo referente a la baja voluntaria no dejes de seguir este blog donde encontrarás más contenido interesante para ti.

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